Acceso y Admisión

Criterios de admisión generales:

Los requisitos de acceso al Programa de Doctorado en Bioingeniería, según al artículo 6 del RD 99/2011, son los siguientes:

    Estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario; o bien en alguno de los siguientes supuestos:
  1. Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
  1. Estar en posesión de un título oficial español de Grado, cuya duración conforme a normas de derecho comunitario sea de al menos 300 créditos ECTS y el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster. En caso de que el plan de estudios del Graduado o Graduada no cumpla estos requisitos éste deberá cursar complementos de formación específicos.
  1. Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
  1. Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
  1. Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
  1. Asimismo, podrán ser admitidos a los estudios de doctorado los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que estuviera en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada por el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.

Criterios de admisión específicos:

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 3 de la Normativa de Estudios de Doctorado de la Universidad Miguel Hernández de Elche, aprobada por su Consejo de Gobierno el pasado 1 de junio de 2012, los requisitos de acceso a los Estudios de Doctorado son:

  1. Los explícitamente establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 99/2011 y que se han detallado en la sección anterior;

Además de los criterios generales de admisión la Comisión Académica del Programa de Doctorado valorará otros méritos del estudiante como:

  1. Grado o equivalente en alguna de las siguientes titulaciones: Biotecnología, Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Ciencias Medioambientales, Farmacia, Ingeniería de Materiales, Fisioterapia, Medicina, Biología, Bioquímica, Física, Ingeniería Informática, Ingeniería Agrónoma, Química, Ingeniería Química, Ingeniería de Telecomunicaciones, Ingeniería Industrial, Odontología; 20%

  2. La realización del Máster Universitario de Biotecnología y Bioingeniería por la Universidad Miguel Hernández de Elche u otros Másteres por otras universidades con contenidos equiparables; 25%

  3. Calificaciones obtenidas en los estudios de Grado o equivalente y Máster; 40%

  4. Nivel de inglés oral y escrito; nivel recomendado B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente; 15%

Criterios de valoración de los méritos y pruebas de admisión específicas

Para valorar todos los aspectos descritos anteriormente la Comisión Académica recurrirá a las pruebas documentales aportadas por el alumno así como a una entrevista personal que le será realizada por uno o varios profesores del Programa candidatos a dirigir o tutorizar al alumno. Estos profesores remitirán posteriormente un informe a la Comisión Académica acerca de la idoneidad del Candidato para cursar el Programa.

En casos excepcionales (excesivo número de solicitudes en relación a las plazas ofertadas), se podrán establecer procedimientos alternativos como pruebas orales y/o escritas que valoren las capacidades de los candidatos a adaptarse a los contenidos y requerimientos del Programa.

Dichas pruebas incluirán:

  1. ) lectura de un documento científico seleccionado conforme a la afinidad del estudiante por una de las áreas de investigación del Programa,

  2. ) la elaboración por parte del estudiante candidato de un resumen escrito y;

  3. ) discusión oral del citado documento científico. Estas pruebas se realizarán de forma conjunta entre el director del Programa y un profesor especialista en la temática del trabajo científico utilizado para la evaluación.
    El documento científico seleccionado para la prueba será elegido conforme a la afinidad del estudiante por una de las áreas de investigación del Programa y la evaluación en ambas pruebas la realizará de forma conjunta el director del Programa y un profesor de la especialidad seleccionada.

Estudiantes con dedicación a tiempo parcial

La Normativa de Estudios de Doctorado de la Universidad Miguel Hernández de Elche, aprobada por su Consejo de Gobierno el pasado 1 de junio de 2012, no establece condiciones especiales (excepto las relacionadas con la duración máxima de sus estudios) para estudiantes a tiempo parcial, por lo que los criterios y procedimientos de admisión de estudiantes a tiempo parcial serán los mismos que para los estudiantes a tiempo completo.